Tiquete o factura electrónica: cuál pedir y cuál hacer
Equipo de EleMa™ · oficina contable · actualizada el 20/10/2026
Lo corto
La factura electrónica lleva la cédula de quien compra. Con ella, esa persona o empresa puede acreditar el IVA y deducir el gasto en la renta. El tiquete electrónico es para el consumidor final: no lleva receptor, así que no da crédito de IVA ni sirve como gasto deducible.
| Factura electrónica | Tiquete electrónico | |
|---|---|---|
| Lleva la cédula del cliente | Sí | No |
| Da crédito de IVA | Sí | No |
| Sirve como gasto en la renta | Sí | No |
| Se acepta ante Hacienda | Sí | No |
| Para quién es | Empresas y personas con actividad | Consumidor final |
Si sos el que compra
- Si es un gasto de tu negocio, pedí factura y dá tu cédula, o la de tu empresa. Con un tiquete perdés el crédito y el gasto.
- Revisá que salga a nombre de la cédula correcta. Una factura a nombre de otra cédula, aunque sea la tuya personal y el gasto sea de tu sociedad, no le sirve a la sociedad.
- Aceptala a tiempo: tenés hasta los primeros 8 días hábiles del mes siguiente. Si se te pasa, ese IVA ya no lo podés acreditar.
Si sos el que vende
- Si el cliente te da su cédula, hacé factura. Si no, tiquete.
- No le hagás factura a nombre de alguien que no te dio sus datos: esa factura le aparece a esa persona en TRIBU-CR.
- Si hiciste tiquete y después el cliente te pide factura, lo usual es anular el tiquete con una nota de crédito y emitir la factura con sus datos.
Un error que vemos seguido
Aceptar un tiquete como si fuera una factura. Hacienda ni siquiera recibe respuesta a un tiquete, y ese IVA no es crédito: si lo metés en la declaración, la cifra no se sostiene.
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También te puede servir: Cómo cuadrar tus facturas con la declaración de IVA en TRIBU-CR.